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Uno de los mayores placeres que nos reserva la vida es el de salir de vacaciones y disfrutar de plácidos trayectos, de largos y sosegados viajes por carreteras de todo el mundo. Si has pasado las vacaciones viajando por Europa y, por ejemplo, sobrepasaste el límite de velocidad, es muy probable que te llegue la consiguiente sanción. ¿Qué se debe hacer con las multas que nos han puesto fuera de nuestro país de residencia?
Como informa la OCU, «una directiva europea ha hecho posible el intercambio de información entre países en materia de seguridad vial. La DGT ya se está comunicando con sus homólogas para enviar y recibir multas de tráfico».
El resultado de esta coordinación entre países es que habrá ocho tipos de infracciones que te llegarán a casa en caso de que las hayas cometido fuera de nuestras fronteras. Son las siguientes:
- Exceso de velocidad.
- No llevar puesto el cinturón de seguridad.
- Saltarse un semáforo en rojo.
- Conducir bajo los efectos del alcohol.
- Conducir bajo la influencia de las drogas.
- No llevar casco si vas en moto.
- Circular por un carril prohibido.
- Uso del móvil o cualquier otro dispositivo de comunicación durante la conducción.
La multa llegará en el idioma del conductor multado y podrá ser abonada mediante tarjeta de crédito o transferencia bancaria. En cualquier caso, y para evitar experiencias desagradables, da igual dónde esté la carretera, en España o en otro país: circula con mil ojos y respeta las normas.