Cuando el calor aprieta, el cuerpo nos pide rebajar al mínimo la indumentaria. Calcetines y zapatos sobran. Las sandalias permiten respirar a nuestros pies, pero ¿es un calzado adecuado para conducir?

Depende. Pese a que son muchos los que creen que el hecho de conducir con chanclas es sancionable de por sí, la Dirección General de Tráfico nos recuerda que no es así.

Todo depende de si los zapatos en cuestión impiden la libertad de movimientos del conductor, el control del vehículo o su uso puede suponer un peligro para el conductor o para el resto de usuarios de la vía. En definitiva, como explica Gabriel Sanmartín en un artículo publicado en la web de la DGT, todo depende de si se contraviene alguno de estos artículos del Reglamento General de Circulación: 

Artículo 3. Conductores

  1. Se deberá conducir con la diligencia y precaución necesarias para evitar todo daño, propio o ajeno, cuidando de no poner en peligro tanto al mismo conductor como a los demás ocupantes del vehículo y al resto de los usuarios de la vía. Queda terminantemente prohibido conducir de modo negligente o temerario.

Artículo 17. Control del vehículo o de animales

  1. Los conductores deberán estar en todo momento en condiciones de controlar sus vehículos o animales.

Artículo 18. Otras obligaciones del conductor

  1. El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía. A estos efectos, deberá cuidar especialmente de mantener la posición adecuada y que la mantengan el resto de los pasajeros, y la adecuada colocación de los objetos o animales transportados para que no haya interferencia entre el conductor y cualquiera de ellos.

En resumen, si los agentes de tráfico consideran que las chanclas con las que estás conduciendo pueden dificultar la conducción y suponer un peligro para tu integridad y la del resto de usuarios de la vía, te sancionarán.  

Lo mismo ocurre con quien conduzca con el codo fuera. O sin camiseta, ya que, en caso de choque o accidente, no usar esta prenda podría agravar las heridas provocadas por el cinturón de seguridad.

Sanmartín, incluso, recuerda la advertencia realizada desde la Unidad de Ordenación Normativa de la Dirección General de Tráfico, según la cual las denuncias se producen “no por comer, beber, ir descalzo…, sino porque esa actividad concreta afecta a la seguridad de la conducción”. El sentido común, concluye Sanmartín, siempre es el mejor compañero de viaje.  

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